El 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y el artículo 400 Bis del Código Penal Federal (CPF). Estas modificaciones buscan reforzar el marco jurídico mexicano contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, alineándolo con los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera (GAFI).
Principales cambios de la reforma
1. Inclusión del financiamiento al terrorismo
Se equipara explícitamente el delito de financiamiento al terrorismo con el de lavado de dinero, ampliando el alcance de la vigilancia y los reportes.
2. Nuevas obligaciones para sujetos obligados
- Actividades vulnerables ampliadas: incluyen desarrollo inmobiliario, criptoactivos, servicios de fideicomiso, notarios, corredores públicos y juegos de azar.
- Umbrales actualizados en UMAs para reportar operaciones relevantes o sospechosas.
- Resguardo de documentación por 10 años.
- Uso obligatorio de sistemas automatizados en tiempo real con perfiles de riesgo dinámicos y manuales internos actualizados (KYC, alertas y capacitación).
3. Identificación y monitoreo reforzados
- Se introduce la obligación de identificar al beneficiario controlador o final con un umbral de participación reducido al 25%.
- Se regula la figura de Personas Políticamente Expuestas (PEP) y allegados, sujetándolos a un monitoreo financiero permanente.
4. Ajustes al régimen sancionador
- Se elimina el requisito de dolo en ciertos delitos financieros, permitiendo sanciones incluso por errores, aunque con reducciones cuando exista cumplimiento espontáneo.
- Multas reducidas hasta en un 50% si se corrigen irregularidades antes de una verificación.
- Se sancionará la alteración o envío de documentación falsa o ilegible.
5. Cooperación interinstitucional
La reforma fortalece la coordinación entre SHCP, UIF, CNBV, Guardia Nacional y Fiscalía General de la República, así como con organismos internacionales. Además, la UIF es reconocida como parte ofendida en los delitos que involucren servicios financieros.
6. Nuevas herramientas de cumplimiento
- Evaluación con enfoque basado en riesgos (EBR).
- Manual de políticas internas obligatorio.
- Auditorías periódicas internas o externas, dependiendo del nivel de riesgo.
- Ampliación de los avisos de “no operación”.
Conclusiones
La reforma a la LFPIORPI y al CPF marca un nuevo estándar en el cumplimiento normativo en México. Para los sujetos obligados, esto significa implementar sistemas tecnológicos más robustos, procesos de debida diligencia reforzada y una cultura de cumplimiento constante.
En MZA Consultores ayudamos a las organizaciones a adaptarse al nuevo marco regulatorio, ofreciendo asesoría legal y fiscal especializada, implementación de sistemas de compliance, y acompañamiento en la actualización de manuales internos y auditorías.